San Jos‚ de Balcarce, 1 de julio de 1.982.- VISTO las facultades conferidas a los Se¤ores Intendentes Municipales por la Ley Org nica de las Municipalidades y sus modificatorias, el Se¤or Intendente Municipal de Balcarce sancio- na con fuerza de, O R D E N A N Z A ----------------- ARTICULO 1§.- Modif¡case los Art¡culos 3§ y 4§ de la Ordenanza N§ 331 ------------- ARTICULO 2§.- El texto del ARTICULO 3§ de la Ordenanza N§ 331 queda ------------- redactado de la siguiente forma "ARTICULO 3§: El area urbana de la ciudad de Balcarce se divide en las siguientes zonas: CA1: delimitada por la calle 15 desde la 14 hasta la calle 16, la ca- lle 16 desde la calle 15 hasta la calle 13, la calle 13 desde la ca- lle 16 hasta la calle 18, la calle 18 desde la calle 13 a la calle 15 la calle 15 desde la calle 18 hasta la calle 20, la calle 20 desde la calle 15 hasta la calle 17, la calle 17 desde la calle 20 a la calle 18, la calle 18 desde la calle 17 a la calle 19, la calle 19 desde la calle 18 a la calle 16, la calle 16 desde la calle 19 a la calle 17, la calle 17 desde la calle 16 a la calle 14, la calle 14 desde la ca- lle 17 a la calle 15, el  rea abarca ambas aceras de las calles men- cionadas, las manzanas inclu¡das son todas las que tienen un lado frente a la Plaza Libertad.- CA2: delimitadas por las calles 15 de 20 a 22, la calle 22 de 15 a 23, la calle 23 de 22 a 18, la calle 18 de 23 a 27, la calle 27 de 18 a 16, la calle 16 de 27 a 21, la calle 21 de 16 a 14, la calle 14 de 21 a 17, y de la 15 a la 11, la calle 11 de 14 a 20 y la calle 20 de 11 a 15, tomando ambas aceras, interior- mente limitada por CA1 y los frentistas de Boulevard Gonzalez Chavez entre 11 y 7.- R1: inclu¡da dentro del eje de la calle 9 de 10 a 26, la 26 de 9 a 19, la 19 de 26 a 28, la 28 de 19 a 25, la 25 de 28 a 20 (excluyendo los frentistas de la 25 entre 26 y 28), la 20 de 25 a 29, la 29 de 20 a 14, la 14 de 29 a 21, la 21 de 14 a 10 y la 10 de 21 a 9, abarcando ambas aceras, excluyendo los frentistas de Gonzalez Cha- vez entre 11 y 9 e incluyendo los frentistas de Gonzalez Chavez entre 7 y 1.- R2: inclu¡da dentro de las calles 13 de 26 a 32, 32 de 13 a 27, la 27 de 32 a 28 (excluyendo los frentistas de ambas aceras) la 28 de 27 a 33 (excluyendo los frentistas de ambas aceras) la 33 de 28 a 12 (excluyendo los frentistas de ambas aceras en el tramo de 28 a Centenario) la 12 de 33 a 25, la 25 de 12 a 8, la 8 de 25 a Bvard Del Valle, Bvard. Del Valle de calle 8 a calle 4, la 4 de Bvard Del Valle a 11, la 11 de 4 a 8, la 8 de 11 a 7, la 7 de 8 a 22 y la 22 de 7 a 9 Interiormente limitada por R1, excluyendo los frentistas de Gonz lez Chavez entre 9 y 7.- R3: se extiende sobre un eje imaginario que pasa a 50 metros paralelo a la l¡nea municipal sobre la vereda opuesta la l¡mite de la zona e incluye hasta esa distancia la calle transversal a la cual corresponde la misma, delimitada por las calles 107 de 20 a 48, la 48 de 107 a 1, la 1 de 48 a 40, 40 de 1 a Bvard Uriburu, Bvard Uriburu de 40 a 56, la 56 de Uriburu a 23, la 23 de 56 a 32 (en el tramo de la 42 a la 32 no se incluyen los frentistas de ambas aceras) Bvard Kelly de 33 a 47, la 47 de Kelly a 10, la 10 de 47 a 33, la 33 de 10 a 2, la 2 de 33 a 31, la 31 de 2 a A, la A de 31 a 19, la 19 de A a B, la B de 19 a 11, la 11 de B a 2, la 2 de 11 a 1, la 1 de 2 a 14, la 14 de 1 a 105, la 105 de 14 a 20 y la 20 de 105 a 107, exclu- yendo los frentistas de Bvard Gonz lez Chavez entre 7 y 1.- RP:(RESI- DENCIAL PARQUE): se extiende sobre un eje imaginario que pasa a 50 metros paralelo a la l¡nea municipal sobre la vereda opuesta al l¡mi- te de la zona e incluye hasta esa distancia la calle transversal a la cual corresponde la misma, delimitada por las calles 23 de 32 a 40, la 40 de 23 a 27, la 27 de 40 a 42, la 42 de 27 a 29, la 29 de 42 a 40, la 40 de 29 a 35, la 35 de 40 a 48, la 48 de 35 a 41, la 41 de 48 a 46, la 46 de 41 a 39, la 39 de 46 a 40, la 40 de 39 a 43, la 43 de la 40 a la 32, la 32 de 43 a 47, la 47 de 32 a Avda. Centenario, la Avda. Centenario de 47 a 33, la 33 de Avda. Centenario a 28, la 28 de 33 a 27, la 27 de 28 a 32, la 32 de 27 a 23, interiormente limitada con el Parque Urbano del Cerrito.- ZM: (ZONA MIXTA): delimitada por el eje de la calle 115 de 16 a 20, la 20 de 115 a 105, la 105 de 20 a 14, la 14 de 105 a 1, la 1 de 14 a 2, la 2 de la 1 a la 11, la 11 de 2 a B, la B de 11 a 19, la 19 de B a la A, la A desde 19 a 31, 31 de de A a la 2, la 2 de la 31 a la 33, la 33 de 2 a 10, la 10 de 35 a 39 la 39 de la 10 a la 6, la 6 de 39 a 35, la 35 de la 6 a la C, el eje de la C de 35 a 105, la 105 de C a 14, la 14 de 105 a 109, la 109 de de 14 a la 16, la 16 de 109 a 115.- Incluye adem s el sector delimi- tado por las calles 120 de 19 a Del Valle, Del Valle de 120 a 112, 112 de Del Valle a 9, la 9 de 112 a 108, la 108 de 9 a Del Valle, Del Valle de 108 y 104, 104 de Del Valle a 23, 23 de 104 a 112, 112 de 23 a 19 y 19 de 112 a 120. Areas verdes urbanas de uso recreativo: La Plaza Libertad limitada por las calles 15, 18, 17, 16, La Plaza de la Cruz ubicada entre las calle 25, 28, 27, 26, La Plaza Col¢n ubicada entre las calles 6, 8, 25, 27, La Plaza San Mart¡n ubicada entre las calles 5, 6, 7, y 8, La Plaza Gemes limitada por las calles 5, 28, 7 y 26. Area verde de uso recreativo y deportivo:el area ocupada por el Cerro "El Triunfo" limitada por las calles 27 desde 32 a 40, la 40 de 27 a 39, la 39 de 40 a 32 y 32 desde 39 a 27. El area que incluye la sie- rra "La Barrosa" a partir de las costas de 140 m., 150 m. y 160 m. Area del distrito ferroviario: limitado por las calles 1, Caseros, prolongaci¢n del Bvard Del Valle y 108. Area extraurbana 1: denominada La Martita comprendidas por las manza- nas 8c parcelas de 1 a 25; manzanas 90d parcelas de 1 a 32, manzana 80cc parcelas 1 a 32, manzanas 80 ff de 1 a 32, manzana 80 u parcelas 7, 14 y 39 b, manzana 80 v parcelas 1 a 32, manzana 80 w parcelas 1 a 32; manzana 80 x parcelas 1 a 28 de la circunscripci¢n XI. Area extraurbana 1: denominada "La Martita" comprendidas por las man- zanas 8c parcelas de 1 a 25; manzanas 90 dd parcelas de 1 a 32, man- zana 80 cc parcelas de 1 a 32, manzanas 80 ff de 1 a 32, manzana 80 u parcelas 7, 14 y 39 b, manzana 80 v parcelas 1 a 32, manzana 80 w parcelas 1 a 32; manzana 80 x parcelas 1 a 28, de la circunscripci¢n XI. Area extraurbana 2: comprende en la circunscripci¢n II las manzanas 1 2 y 3; la fracci¢n I parcela 40; las parcelas 44 c y 44 a; las manza- nas 108, 109, 125 y 126; la manzana 62 parcela 1 a 25; la manzana 63 parcelas 1 a 30; la manzana 64 parcela 1 a 26, la manzana 65 parcelas 1 a 26, la manzana 66 parcelas 1 a 26, las parcelas 48, 49, 50 y 51; la parcela 16 a; la manzana 46 parcelas 1 a 22; la manzana 47 parce- las 1 a 26; la manzana 48 parcelas 1 a 26 y la fracci¢n 1 parcelas 1 a 17 fracci¢n II 1 a 20, fracci¢n III parcelas 1 a 6 y 15 a 20 com- prende desde la calle 115 un eje que pasa a 150 metros de ambos lados de la Avda. San Mart¡n y paralelos a la misma hasta el area deportiva DEB y unificando el area ya existente. Incluye adem s desde la 39 un eje que pasa a 150 metros de ambos lados de la Avda. Centenario y pa- ralelo a la misma hasta la calle 47 y desde la calle 47 contin£a por vereda norte hasta la calle La Florida. ARTICULO 4.- el area comple- mentaria de la ciudad de Balcarce se divide en las siguientes zonas: C1 de explotaci¢n industrial, C2 de explotaci¢n agraria y C3 de ex- plotaci¢n agraria intensiva. C1: (ZONA INDUSTRIAL) delimitada por las calles 105 de 14 a C, C de 105 a 35, 35 de C a 6, la 6 de 35 a 41, la 41 de 6 a 106, la 106 de 41 a 23, la 23 de 106 a D, la D de 23 a 103, 103 de D a 106, 106 de 103 a 111, la 111 de 106 a 16, la 16 de 111 a 109, la 109 de 16 a 14, la 14 de 109 a 105. Incluye adem s la zona delimitada por un eje que pasa a 150 metros paralelos a ambas veredas de Avda Centenario. Ruta 55 de calle 63, en vereda sur, hasta cortar las v¡as de FFCC y vereda norte a Km. 55.---------------------------- ARTICULO 3§.- C£mplase, comun¡quese, tomen raz¢n a sus efectos las ------------- Secretar¡as Municipales, Direcci¢n de Planeamiento y Desarrollo, Oficina de Prensa y d‚se al Registro Oficial de Ordenan- zas.----------------------------------------------------------------- ORDENANZA N§ 415.- ------------------